¿Qué alimentos existen? Esto nos dice el Código Alimentario Español

 
El Código Alimentario Español se define como el cuerpo orgánico de normas básicas y sistematizadas relativas a los alimentos, condimentos, estimulantes y bebidas, sus primeras materias correspondientes, utensilios y enseres de uso y consumo doméstico.

Así, este texto define, ente otros aspectos, "qué ha de entenderse por alimentos, condimentos estimulantes, bebidas y demás productos y materias a que alcanza esta codificación".

La primera versión del Código Alimentario Español se publicó en 1967, si bien ha ido evolucionando y actualizándose. De hecho, la versión más reciente que se puede consultar es de septiembre de 2021.

En este texto consolidado se diferencia entre: productos sucedáneos, alimentos fundamentales, alimentos perecederos, alimento adulterado, alimento falsificado, alimento alterado y productos alimentarios. Anteriores apartados alimentos, nutrientes, productos dietéticos y de régimen, alimento impropio, alimento no contaminado y alimento nocivofueron derogados por la disposición derogatoria única a) iii del Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre.

¿Qué nos dice el Código Alimentario Español sobre cada tipo de alimento?

Productos sucedáneos: Tendrá ese consideración todo producto que, sin fines engañosos o fraudulentos y con expresa declaración de la finalidad perseguida, pretenda sustituir en todo o en parte a un alimento.

Estarían en este apartado los sucedáneos del chocolate, que contienen menos cacao que este y sustituyen totalmente o parcialmente la manteca de cacao por otras grasas vegetales. 

Otro ejemplo sería la Gula del Norte (y productos similares bajo otros nombres comerciales), un sucedáneo de angula a base de surimi. 

Alimentos fundamentales: Son los que constituyen una proporción importante de la ración alimenticia habitual en las distintas regiones españolas.

Las frutas y hortalizas, los huevos o el arroz serían alimentos fundamentales.


Alimentos perecederos: Son los que, por sus características, exigen condiciones especiales de conservación en sus periodos de almacenamiento y transporte.

Dicho de otra manera, aquellos que se deben conservar a unas condiciones determinadas y que hay que consumir en poco tiempo desde su compra. Por ejemplo, carnes y pescados frescos.


Alimento adulterado:
 
Tendrá la consideración de adulterado todo alimento al que se haya adicionado o sustraído cualquier sustancia para variar su composición, peso o volumen, con fines fraudulentos o para encubrir o corregir cualquier defecto debido a ser de inferior calidad o a tener ésta alterada.

Según recoge la web Eroski Consumer, un informe del Parlamento Europeo señalaba que los seis productos más adulterados son:

  • Aceite de oliva. Es un producto de gran demanda y no de los más económicos. En ocasiones, por tanto, puede someterse a mezclas con otros aceites más baratos, como el de cacahuete o el de avellana, no permitidas desde el punto de vista legal y que, además, pueden suponer riesgos para la salud.
  • Leche. En el caso de la leche adulterada, el fraude más frecuente es el uso de leche en polvo y falsear el contenido del producto.
  • Café. El fraude más común tiene que ver con su procesado.
  • Azafrán. Esta especia también ha sido muy atacada por la adulteración, ya que tiene un precio muy elevado. El fraude viene, en la mayoría de los casos, por la utilización de sustancias muy tóxicas como el cromado de plomo o el tetraóxido de plomo.
  • Miel. Puede estar adulterada con jarabe de azúcar, jarabe de maíz, fructosa, glucosa o azúcar de remolacha e, incluso, "miel de un origen geográfico no auténtico". Además, puede contener antibióticos, productos químicos y edulcorantes añadidos.
  • Zumos de fruta. El caso más frecuente de adulteración está relacionado con adicionar zumo de frutas no declaradas en el envase y que tienen un contenido no autorizado.

Alimento falsificado: Tendrá la consideración de falsificado todo alimento en el que se haga concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que haya sido preparado o rotulado para simular otro conocido.

b) Que su composición real no corresponda a la declarada y comercialmente anunciada.

c) Cualquier otra capaz de inducir a error al consumidor.

En este sentido, en mayo de 2021 fueron detenidas seis personas dentro de la 'Operación Slice', por la manipulación y falsificación de la trazabilidad y el etiquetado de envases de productos cárnicos. Se trataba de envases de loncheados de lomo, paleta y jamón que habían sido preparados para la comercialización como productos de cebo ibérico e ibérico.


Este año también se ha desarticulado una organización internacional dedicada a introducir en España botellas falsificadas de tres marcas de ron


Alimento alterado: Tendrá la consideración de alterado todo alimento que durante su obtención, preparación, manipulación, almacenamiento o tenencia, y por causas no provocadas deliberadamente, haya sufrido tales variaciones en sus caracteres organolépticos, composición química o valor nutritivo, que su aptitud para la alimentación haya quedado anulada o sensiblemente disminuida, aunque se mantenga inocuo.

Unas galletas que se vuelven rancias o un tomate pocho son alimentos alterados.


Productos alimentarios: 
Tendrán la consideración de productos alimentarios todas las materias no nocivas, en sentido absoluto o relativo, que, sin valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación.

Lo serían, por ejemplo, las especias y condimentos.

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